9 cambios fiscales en 2016 que afectarán a fundaciones, ONG, Instituciones y empresas sociales

Blanca Ramirez de Haro

Entrevistamos a Blanca Ramírez de Haro, especialista financiera de Balsarto, para que nos explique las novedades fiscales que afectarán este año a Fundaciones, instituciones educativas, instituciones religiosas asociaciones de atención a la discapacidad, a la tercera edad, a los necesitados… empresas que contribuyen a la mejora de la calidad de vida de las personas.

¿Cuál ha sido tu trayectoria profesional antes de unirte a Balsarto?

Mi trayectoria profesional ha estado siempre ligada al sector servicios a lo largo de más de 15 años de experiencia, en los departamentos de administración, financiero y contable.

¿Qué fue lo que te impulsó a unirte a esta empresa?

Desde el principio me atrajeron los proyectos en los que participaba Balsarto y el sector al que enfoca su actividad, de gran valor social. Esto demuestra un compromiso corporativo real con el tercer sector, que es un sector que me atrae muchísimo y requiere una profesionalización creciente. Por eso, me encantó la idea de poder aportar mi granito de arena desde mi experiencia en el mundo de la empresa. Además, me atrajo el equipo y la idea de formar parte de una firma que veo que presta una dedicación especial a cada proyecto, porque cada proyecto y cada cliente es único y no es fácil encontrar una firma que lo haga con tanta dedicación.

¿Cuál es tu labor en Balsarto?

Mi misión principal es la supervisión de la gestión financiera, contable y fiscal, así como la asunción de la gerencia de distintos proyectos.

¿2016 va a ser un buen año desde el punto de vista fiscal para las Fundaciones, ONG, instituciones y empresas sociales?

El comienzo de cualquier año es una oportunidad de hacer las cosas cada vez mejor desde cualquier perspectiva, también la fiscal. Es verdad que 2016 se presenta como un año de cierta incertidumbre, dada la situación política actual y los cambios que puedan surgir, por lo que más conveniente, si cabe, que las entidades de alto valor social estén bien asesoradas en este sentido.

¿Hay cambios significativos en cuanto a impuestos este año?

Las principales novedades para el ejercicio 2016 que destacaría son las siguientes:

Impuesto sobre sociedades:

La principales novedades en el Impuesto sobre Sociedades para 2016 son:

  • la modificación del tipo general, con una reducción del tipo del 28 al 25% para periodos impositivos que comiencen el 01 de enero de 2015
  • la reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles. Con efectos a partir del 1 de julio de 2016, se modifica la forma de cálculo del incentivo fiscal de la reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles.
  • En relación a las sociedades civiles con personalidad jurídica y objeto mercantil, dejan de tributar por las rentas obtenidas en el Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), pasando a ser contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.

 

Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF):

  • Aumenta el límite máximo de deducción del importe de las primas satisfechas por seguros de enfermedad de 500 a 1.500 euros, tanto para actividad económica, como para los rendimientos en especie de las primas satisfechas por el empleador al trabajador.
  • Continúa la disminución de los porcentajes de retención de determinadas actividades que ya comenzó en 2015, como por ejemplo los alquileres y rendimientos del trabajo.
  • Se prorroga una vez más la vigencia del impuesto sobre el patrimonio durante el 2016.

En relación con las entidades sin ánimo de lucro se puede destacar,

  • que se incrementa el porcentaje de deducción de donaciones a entidades sin ánimo de lucro en la cuota del IRPF a un 75% de los primeros 150 euros donados, y del resto de la donación que supere los 150 euros, de las que se podrá deducir de la cuota íntegra el 30%.
  • Disminución del límite de ingresos en determinadas entidades sin ánimo de lucro para la no obligación de presentar el impuesto sobre sociedades.
  • Asimismo, se establece en la disposición adicional de la Ley 48/2015 de Presupuestos Generales del Estado para 2016, las actividades prioritarias de mecenazgo para 2016.

 

En el Impuesto de Sociedades, las entidades parcialmente exentas, como las asociaciones, patronales o colegios profesionales, solo se librarán de declarar si sus ingresos totales no superan los 75.000 euros. ¿Cómo les afectará este cambio?

Efectivamente, para periodos impositivos que comiencen a partir del 1 de enero de 2015, se modifica el artículo 124.3 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades (LIS).

Hasta ahora, estaban exentas de presentar el Impuesto sobre Sociedades, aquellas entidades sin ánimo de lucro parcialmente exentas, que cumplían determinados requisitos, entidades parcialmente exentas , no sujetas a la Ley 49/2002, de régimen fiscal de entidades no lucrativas y de los incentivos fiscales al mecenazgo. El límite de ingresos totales para no tener que presentar el impuesto era de 100.000 euros anuales, además del cumplimiento de otros dos requisitos: que los ingresos correspondientes a rentas no exentas no superen los 2.000 euros anuales; y que todas las rentas no exentas que se obtengan estén sometidas a retención.

Este límite se fija en 75.000 euros, lo que implicará que tendrán que presentar el Impuesto sobre Sociedades un mayor número de entidades.

Hay que decir que el límite de exención se había fijado para los periodos impositivos que se inicien en 2015 en 50.000 euros, elevándose con la Ley 48/2015 de presupuestos del Estado para 2016 a 75.000 euros.

Balsarto

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